COPUR emite resolución para elecciones de la Federación de Ciclismo

 San Juan. El Comité Ejecutivo del Comité Olímpico de Puerto Rico (COPUR) emitió ayer, miércoles, una resolución y orden sobre el proceso eleccionario de la Federación Ciclismo de Puerto Rico.

Luego de estudiado el caso, y por la facultad reglamentaria del COPUR en velar por el buen funcionamiento de sus federaciones afiliadas, ordena:

  1. Esta resolución se entenderá que enmienda y/o deja sin efecto cualquier otra resoluciónanterior de este organismo que pueda entrar en contradicción con lo que aquí resolvemos.
  2. Se determina que tendrán derecho al voto en las elecciones de la FederacióndeCiclismo de Puerto Rico todas aquellas personas que hayan pagado su cuota y seanmiembros efectivos durante año 2016 y que hayan renovado su membresía en o antes del 31de enero de 2017 mediante el pago de la cuota correspondiente.
  3. Se ordena la cancelación  de  la  Asamblea  Eleccionaria  convocada  de  la Federación de Ciclismo de Puerto Rico para el 15 de julio de 2017.
  4. Se ordena a la Federación de Ciclismo de Puerto Rico que presente a este ComitéEjecutivo, antes del lunes 17 de julio a las 5:00 p.m., el listado de todas aquellas personas y detodos los clubes que hayan pagado la cuota de membresías correspondiente al año 2016, y el listado de todas aquellas otras personas y clubes que hayan pagado la membresíacorrespondiente al año presente en o antes del 31 de enero de 2017. Esta informacióndeberá ser provista en formato escrito y digital.
  5. El Comité Ejecutivo del COPUR emitirá, antes del 21 de julio de 2017 a las 5:00 p.m.,un nuevo listado de miembros con derecho al voto para el proceso de elecciones, conla información que proveerá la Federación. Ese mismo día, la Federación comunicaráa sus afiliados, de forma inmediata, este listado por los medios que usualmente utiliza(correos electrónicos, comunicado a clubes, redes sociales, etc).
  6. A partir de este momento, y hasta el 10 de agosto de 2017 a las 5:00 p.m., quedaránabiertas las nominaciones para los distintos cargos a ocupar en los organismos directivosde la Federación de Ciclismo de Puerto Rico, manteniéndose el  reconocimiento  a  las candidaturas  que  anteriormente fueron presentadas.   Las nuevas candidaturas que tengan a bien presentarse, si alguna, deberán cumplir con los demás requisitos para lapresentación de candidaturas que dispone el reglamento federativo.     Ese mismo día, la Federación comunicará a sus afiliados, el resultado final de las nominaciones, por losmedios que usualmente utiliza (correos electrónicos, comunicado a clubes, redes sociales, etc).
  7. Una vez  cumplida  con  las  disposiciones  de  la  presente  Resolución,  secelebrarála Asamblea Eleccionaria en un término no mayor de treinta (30) días a partir delcierre de nominaciones, considerando un término prudente de quince (15) días para quelos nominados puedan presentar sus planes de trabajo ante los miembros afiliados.   Eldía, hora y lugar determinado por la Federación para su Asamblea Eleccionaria, deberáser uno apropiado para que el mayor número posible de miembros puedan asistir.
  8. Se le ordena a la Junta de Directores de la Federación de Ciclismo de Puerto Riconotificar de inmediato esta Resolución y Orden a todos sus miembros y a notificar de sustérminos con carácter de urgencia a todos los presidentes de los clubes de ciclismoparticipantes de la federación.
  9. Este Comité Ejecutivo nombra al Ing. Víctor Ruiz, Primer Vicepresidente del COPUR,como Oficial Examinador en este proceso. Además, se reserva el derecho de tomarmedidas adicionales que se entiendan necesarias para el bienestar federativo,particularmente aquellas que resulten necesarias para atender otros asuntos no cubiertos por esta Resolución.

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