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FEMA extiende periodo de gracia para renovar pólizas

2017/Foto One Red Media

WASHINGTON. Debido a los daños catastróficos y generalizados causados por el huracán María, el Programa del Seguro Nacional de Inundación (NFIP, por sus siglas en inglés) de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés) está mejorando el proceso de reclamaciones del seguro de inundación y extendiendo el período de gracia a fin de pagar las primas de renovación de la póliza para los sobrevivientes asegurados y acelerar el dinero de recuperación para las reparaciones y el remplazo de las propiedades dañadas por las inundaciones.

La Agencia también quiere asegurar la cobertura del seguro de inundación continua para los asegurados actuales del NFIP afectados por esta tormenta, aunque no puedan pagar la prima de renovación de la póliza en este momento. FEMA está ordenando a todos los socios de seguros privados del NFIP a:

Pagos Adelantados

El NFIP está haciendo que sea más fácil para los asegurados recibir un pago adelantado por su reclamación por inundación para ayudarles a iniciar el proceso de recuperación lo antes posible. Después de presentar una reclamación del seguro de inundación, el asegurado puede discutir el pago adelantado con la aseguradora:

Los pagos adelantados se deducen del monto final de la liquidación de la reclamación del asegurado. Los pagos adelantados solo pueden ser utilizados según los términos de la póliza. Por ejemplo, si un asegurado tiene una póliza de seguro de inundación de edificio/estructura, el pago adelantado debe utilizarse para reparar o reconstruir la estructura. O si un asegurado tiene cobertura de contenido, el pago adelantado debe utilizarse para reparar o reemplazar el contenido que estaba dentro de la estructura. Los pagos adelantados no pueden utilizarse para vivienda temporal ni gastos diarios.

Si la propiedad de un asegurado está hipotecada, la entidad bancaria también será nombrada en el pago adelantado emitido por una póliza de seguro de inundación de edificio/estructura. En este caso, tanto el asegurador como la entidad bancaria deberán firmar el cheque de pago adelantado.

Exención de la prueba de pérdida

Para agilizar la tramitación de las reclamaciones del NFIP por el huracán Maria, el NFIP está exonerando el requisito de que un asegurado presente un documento de Prueba de Pérdida (POL, por sus siglas en inglés) inicial. Así es cómo funcionará el procesamiento acelerado:

Si un asegurado decide solicitar un pago adicional, que debe hacerse llenando un POL, tendrá un año a partir de la fecha en que haya sometido la reclamación inicial para presentar la solicitud a la compañía de seguros. FEMA ha informado a todos sus socios de seguros de NFIP sobre este proceso y cómo funcionará. Se exhorta a los asegurados de NFIP a colaborar estrechamente con un ajustador en este proceso acelerado.

Extensión del período de gracia para la renovación de las pólizas

Las Islas Vírgenes y Puerto Rico han su

 

frido las inclemencias de terribles inundaciones históricas causadas por los huracanes Irma y María. Debido a las repercusiones adicionales causadas por el huracán María, FEMA modificó las fechas de la prórroga del período de gracia anterior para las propiedades situadas en las Islas Vírgenes de los Estados Unidos y Puerto Rico. Para asegurarse de que los titulares de las pólizas afectados por el huracán María puedan concentrarse en su recuperación y continúen teniendo cobertura de inundaciones, FEMA extendió el período de gracia de cobertura continua del seguro de inundación a 120 días en las pólizas de Puerto Rico y las Islas Vírgenes de los Estados Unidos cuya renovación estaba programada durante el período de respuesta inmediata por el huracán María.

Las pólizas con fecha de vencimiento del 7 de agosto de 2017 al 18 de octubre de 2017 son elegibles para la extensión del período de gracia. El pago de esas pólizas debe ser recibido en un periodo de 120 días del vencimiento de la póliza. Ahora esta prórroga también aplica a las pólizas con avisos de pago insuficiente para pagos adicionales de primas vencidas entre el 7 de agosto y el 18 de octubre de 2017.

El NFIP no puede pagar una reclamación por una perdida por inundación que ocurre después de una fecha de vencimiento de la póliza a menos que la compañía de seguros del asegurado reciba el pago completo para la renovación en o antes del último día del período de gracia.

La extensión del período de gracia aplica a las pólizas del NFIP que cubren propiedades enPuerto RicoIslas Vírgenes de los Estados Unidos designados en la Declaración Presidencial de Desastre. Recomendamos a los asegurados del NFIP a comunicarse con sucompañía de seguro y a hacer una reclamación por inundación lo antes posible. Para cualquier póliza con una fecha de renovación en o después del 19 de octubre de 2017, aplicará el período de gracia normal de 30 días.

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