Gobernador exime del IVU a alimentos preparados

El Gobernador Pedro Pierluisi ordenó al Departamento de Hacienda eximir temporeramente el pago del Impuesto sobre Venta y Uso (IVU) en artículos considerados “alimentos preparados”, “bebidas carbonatadas”, “productos de repostería” y “dulces”.

La Determinación Administrativa 22-07(DA22-07), comienza a las 12:01 a.m. del jueves, 22 de septiembre de 2022 y concluyendo a las 11:59 p.m. del jueves, 6 de octubre de 2022.

Por su parte, el secretario de Hacienda, Francisco Parés Alicea explicó que la exención temporera en el pago del IVU, además de alimentos preparados, incluye bebidas carbonatadas, productos de repostería y dulces, según definidos en la Sección 4010.01 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, según enmendado. No será aplicable a la venta de bebidas alcohólicas. 

Asimismo, añadió que la determinación requiere unos ajustes en la programación del sistema de cobro de los comercios y para salvaguardar la seguridad tanto de los comerciantes como de los empleados que tienen que implementar estos cambios, la exención iniciará este próximo jueves una vez haya mejorado el clima en la Isla.  

Se informó que, en caso de que un comerciante, por acción u omisión, cobre a un consumidor el Impuesto sobre Ventas en una venta de Alimentos Preparados eximida del pago de dicho impuesto en virtud de esta Determinación Administrativa, el comerciante vendrá obligado a reembolsar inmediatamente el monto del Impuesto sobre Ventas cobrado al consumidor y quedará sujeto a lo dispuesto en la Sección 4020.08(c) del Código. 

Cualquier incumplimiento relacionado con las disposiciones de esta Determinación Administrativa podrá ser informado a través de SURI Confidencia en la página web del Departamento utilizando el enlace:  https://suri.hacienda.pr.gov. La DA 22-07 está disponible en la página web www.hacienda.pr.gov , sección de Publicaciones. 

El portavoz de la mayoría Ángel Matos García agradeció al Gobernador por acoger su llamado.

“Ante la falta de energía eléctrica y el servicio de agua potable, la determinación del gobierno es un paso correcto para ayudar a nuestra gente, que hoy sufre los embates del huracán Fiona”, dijo el Legislador.

Según expone la DA 22-07, el periodo de la exención temporera de IVU en alimentos preparados comenzará a las 12:01 a.m. del jueves, 22 de septiembre de 2022 y concluirá a las 11:59 p.m. del jueves, 6 de octubre de 2022 y no será aplicable a bebidas alcohólicas.

Esta sí será aplicable a los alimentos preparados que sean vendidos habitualmente con utensilios para comer o ingerirse por una persona en Puerto Rico.

“Nuevamente, nuestro agradecimiento al señor Gobernador por acoger nuestra recomendación y responder con la inmediatez que exigen los tiempos que estamos atravesando. Ya el pueblo puede beneficiarse de esta disposición que entrará en vigor a partir de este jueves”, finalizó Matos García.

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