
San Juan. El gobernador Pedro Pierluisi actualizó hoy mediante órdenes ejecutivas el manejo de la pandemia en Puerto Rico.
Es así que, se elimina el toque de queda en esta nueva orden, que estará vigente desde el lunes 24 de marzo hasta el domingo 6 de junio de 2021 o en la medida en que los indicadores se mantengan en la misma tendencia.
Se mantiene la restricción de aglomeraciones y se exige el distanciamiento físico, así como el uso de mascarilla en todo establecimiento público.
Se requiere trabajo presencial en las operaciones gubernamentales mientras sea viable y se elimina la restricción del 30% de ocupación de la facilidad gubernamental cuando esta recibe público.
Están excluidos de esta restricción las entidades médicas, farmacias, hospitales, los servicios religiosos, las gasolineras y los servicios de comida en hoteles y paradores.
Se aumenta a 50 porciento la ocupación de la capacidad de los establecimientos, incluyendo los restaurantes, teatros, anfiteatros y cines.
Se sigue requiriendo que se cumpla con las reglas del distanciamiento físico de 6 pies o más, el uso de desinfectante y el uso de mascarilla.
Las personas que prueben que están vacunados y los menores de 2 años quedan exentos de tener que hacerse pruebas.
Todo pasajero que llegue a
Puerto Rico de un vuelo procedente de cualquier estado o
territorio de los Estados Unidos de America o de cualquier
destino internacional tendrá la obligación de cumplimentar la
“Declaración de viajero, Alerta COVID-19” o el “Travel
Declaration Form, COVID-19 alert” la cual podrá acceder
digitalmente previo a su llegada en la siguiente página:
https://1 link.travelsafe.pr.gov/. En caso de imposibilitarse el
acceso a dicho documento por formato electrónico, el pasajero
podra cumplimentarlo presencialmente a su llegada en el
aeropuerto. El cumplimentar la declaración de viajero incluye,
entre otras cosas, adjuntar copia de la “COVID-19 Vaccination
Record Card” o del resultado negative de COVID-19
proveniente de una prueba viral cualificada SARS-CoV2
(pruebas de amplificacion del acido nucleico (“NAAT”) o pruebas
de antigeno), segun requerido en esta Orden Ejecutiva, salvo que
la Puerto Rico Innovation and Technology Service (“PRITS”) y el
Departamento de Salud creen un método electrónico alterno. En
la referida declaración el pasajero dara fe, bajo juramento, de que
cumplirá con las ordenes impuestas en lo que respecta a su
comportamiento durante su periodo de estadía.
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