¿Quién debe rendir una planilla de contribución sobre ingresos?

Por CPA Juan Carlos Vázquez

Se acerca la fecha límite para cumplir con nuestra responsabilidad ciudadana y presentar la planilla de contribución sobre ingresos. El lunes, 15 de abril de 2019, es la fecha de vencimiento para reportar los ingresos generados durante el periodo contributivo que corresponde del 1 de enero al 31 de diciembre de 2018.

Según la Ley Número 1, del 31 de enero de 2011, conocida como “el Código de Rentas Internas para un nuevo Puerto Rico”, la obligación de rendir una planilla de contribución sobre ingresos recae en:

  • Todo individuo residente de Puerto Rico que sea contribuyente individual o casado que durante el año contributivo tenga ingreso bruto neto de exenciones mayor de $5,000,
  • Todo individuo, no residente de Puerto Rico y ciudadano americano que sea contribuyente individual o casado que durante el año contributivo que tenga ingreso bruto neto de exenciones de fuentes en Puerto Rico mayor de $5,000, a menos que la contribución se haya pagado en su totalidad en el origen,
  • Todo individuo casado que viva con su cónyuge y opte por rendir planilla separada, que durante el año contributivo tenga ingreso bruto neto de exenciones de $2,500 o más,
  • Todo individuo extranjero, no residente de Puerto Rico, que durante el año contributivo haya tenido ingreso de fuentes de Puerto Rico sujeto a contribución, a menos que la contribución se haya pagado en su totalidad en el origen.

El ingreso bruto neto de exenciones es todo aquel ingreso, ganancia o beneficio recibido o derivado de cualquier procedencia, que no esté definidos como una exclusión del ingreso bruto o exento de contribución sobre ingresos, que sea mayor de $5,000 (o $2,500 en el caso del contribuyente casado que rinde por separado), luego de deducir lasexenciones personales concedidas por el Código.

Las exenciones personales reconocidas por el Código son reducciones monetarias al ingreso sujeto de tributación. Las exenciones otorgadas al ingreso bruto están determinadas por el estado personal que se utiliza para rendir la planilla de contribución sobre ingresos. Para el contribuyente individual y el contribuyente casado que rinde por separado es de $3,500, para el contribuyente casado que rinde en conjunto es de $7,000.

El código establece una exención personal adicional para veteranos de $1,500 o si ambos cónyuges son veteranos, es de $3,000 y una exención de $2,500 por cada dependiente reclamado en la planilla.

Aquellos individuos que reciben más de la mitad de su sustento de un contribuyente que lo reclama como dependiente en la planilla de contribución sobre ingresos, no puede tener un ingreso bruto mayor a la exenciónque se le concede por este concepto que es de $2,500. Sin embargo, si el dependiente es su hijo y es estudiante regular, puede devengar un ingreso bruto de hasta $7,500, sin que el contribuyente pierda el derecho de reclamarlo como dependiente.

El requisito de rendir una planilla de contribución sobre ingresos requiere reportar todos los ingresos generados en el periodo contributivo, incluyendo aquellas partidas excluidas del ingreso bruto o exentas de contribución sobre ingresos, esto así, ya que dichas partidas son utilizadas para determinar el límite de ciertas deducciones en la planilla de contribución sobre ingresos.

De necesitar asistencia para la preparación de su planilla, recomendamos que realice una consulta con un especialista debidamente registrado en el Departamento de Hacienda o con un Contador Público Autorizado (CPA).


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