Tribunal falla en favor del Municipio de Mayagüez en demanda de cobro

Suministrada

La Jueza Superior Carmen Montalvo Laracuente desestimó la sentencia por consentimiento de cobro de dinero y ejecución de hipoteca por parte de PMJ Capital PR Corp. contra Mayagüez Economic Development Inc (MEDI).

Se trata de la demanda presentada en noviembre de 2019, donde PMJ reclamó un pagaré de $1.2 millones suscrito por MEDI -entidad no gubernamental con fnes de lucro que preside el alcalde de Mayagüez, José Guillermo Rodríguez-, por concepto de principal; y bajo la cual se acordó un Forbearence Agreement en el que MEDI se veía obligada a satisfacer el pagaré en su totalidad.

Fue en el tracto de este proceso judicial que el municipio de Mayagüez advino en conocimiento -al revisar el expediente electrónico- que MEDI suscribió una serie de documentos que tuvieron el efecto de gravar con una hipoteca el Hospital San Antonio, que es propiedad pública municipal.

«También alegó que el Director Ejecutivo de MEDI «asignó» y/o transfirió los cánones de arrendamientos de un alquiler sobre los cuales la corporación no es parte, pero que estaán relacionados con la propiedad aquí en controversia», cita la sentencia. El documento explica que el 3 de agosto de 2020, MEDI presentó moción de desestimación parcial en cuanto a la ejecución de hipoteca, basándose en que nunca tuvo el título de propiedad, el cual el municipio «nunca consintió que se hipotecara», por lo cual dicha hipoteca es nula.

«Todo lo anterior nos permite concluir que existen controversias trascendentales que militan en contra de una sentencia por consentimiento en cobro de dinero y ejecución de hipoteca como la aquí solicitada. Podemos colegir que existen cuestionamientos en cuanto a la capacidad de la demanda MEDI para consentir al acuerdo suscrito con la demandante, no solo para gravar la propiedad inmueble donde sita el Hospital San Antonio, sino para consentir a que se dicte sentencia por consentimiento, la cual podría, a nuestro juicio, afectar derechos de terceros en virtud de los contratos a los que antes hemos hecho referencia. No podemos pasar por alto, ni tomar livianamente el hecho de que el inmueble cuya ejecición solicita la parte demandante en pago de su acreencia es uno que alberga las facilidades médico-hospitalarias que brindan servicio a la población de Mayagüez y otras áreas de la región oeste», dictó la jueza Montalvo Laracuente.

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