Presentan alivio inmediato ante una ejecución hipotecaria

El Capitolio. Tres medidas legislativas que buscan proveer opciones legales y administrativas a los propietarios que enfrentan una ejecución de hipoteca y que están en riesgo de perder sus viviendas, ya están en el trámite legislativo de la Cámara para su evaluación.

Las medidas fueron presentadas en agosto pasado, por el representante José “Che” Pérez Cordero, Con el propósito de identificar alternativas reales para ayudar a resolver la crisis inmobiliaria en Puerto Rico, según dio a conocer en un comunicado.

“Las altas cifras de ejecuciones hipotecarias en Puerto Rico nos lleva a actuar. Son miles los que han perdido su casa o que viven con esa amenaza y nunca pensaron se encontrarían en esa situación. Desde que comenzó la crisis el número de desahucios se ha disparado, y si antes prácticamente pasaba inadvertido, ahora se ha convertido en uno de los mayores problemas a los que se enfrentan los puertorriqueños. Con estas iniciativas buscamos proveer alivio inmediato ante una ejecución hipotecaria”, sostuvo.

Pérez Cordero, representante por los municipios de Aguada, Moca, Rincón, Añasco y Mayagüez, presentó el Proyecto de la Cámara 1230, que busca hacer mandatorio a las instituciones bancarias el otorgar alternativas para el pago de la deuda o retener la propiedad a todo deudor hipotecario, previo a la radicación de cualquier procedimiento de ejecución de hipoteca. Mencionó que existen alternativas ofrecidas por los bancos, pero aclaró, excepto la mediación compulsoria, no son mandatorias y quedan a la disposición única de la entidad bancaria el presentarlas u ofrecerlas.

“Con esta medida buscamos que el cumplimiento de esta directriz sea requisito jurisdiccional para poder incoar la causa de acción, además de presentar prueba fehaciente que se cumplió con el mismo”, manifestó el licenciado Pérez Cordero.

Otra de las medidas es el Proyecto de la Cámara 1177, que busca enmendar la Ley del Registro de la Propiedad Inmobiliaria a los fines de incluir un término de 30 días, contados a partir de la expedición del mandamiento emitido por el tribunal para que el banco pueda realizar la subasta del inmueble, y así el propietario, objeto de la causa de acción sea liberado de toda responsabilidad económica con relación a dicha propiedad.

“Actualmente, el propietario objeto de la acción legal continúa siendo responsable de la propiedad y todas las acciones jurídicas contra el mismo, como lo es la responsabilidad de pagar las respectivas cuotas de mantenimiento. Esto pone el propietario en una situación de limbo jurídico, pues no es tenedor de la propiedad, ni de su uso y disfrute, pero es tenedor para los efectos de responsabilidad económica”, denunció el representante.

Pérez Cordero también presentó la Resolución de la Cámara 513 la cual ordena realizar una exhaustiva investigación sobre el alto volumen de ejecuciones hipotecarias de propiedades residenciales existentes; y las opciones de retención de dichos inmuebles.

Según la medida, para marzo de 2017, eran más de cinco mil las propiedades que habían sido ejecutadas y reposeídas por los bancos, siendo esta cifra la más alta en 10 años. Para diciembre de 2016, las instituciones bancarias contaban con un inventario de 5,110 propiedades residenciales reposeídas. Surge de información vertida por las propias instituciones que estas cifras representan un aumento de 21.6% con respecto al año 2015 cuando se reportaron 4,459 ejecuciones de unidades, así como un aumento de más del doble con relación al año 2008 cuando se reportaron 2,357 casos.

“Es menester investigar sobre estas cifras de ejecuciones hipotecarias, los procedimientos realizados por las instituciones bancarias y cualquier otro ángulo relacionado que ayuden a proveerle alternativas a los propietarios para la retención de sus viviendas”, indicó el legislador.

 

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